El pasado 9 de marzo de 2018 el Gobierno daba luz verde, en el Consejo de Ministros, al nuevo Plan Estatal de Vivienda en el periodo comprendido entre 2018 y 2021. Es un plan destinado fundamentalmente a jóvenes y colectivos más vulnerables, como aquellos que han sido desahuciados por no poder pagar la hipoteca o el alquiler.

Entre las principales novedades del Plan, cabe destacar la ampliación de la ayuda para alquileres de hasta 900 € mensuales -en los dos primeros borradores se fijaba un límite máximo de la renta de alquiler en 600 €-, el motivo no es otro que la subida paulatina, en los dos últimos años, de los precios de los alquileres.

ayudas al alquiler y compra de vivienda

Sin embargo las ayudas a la compra de una vivienda se limita a jóvenes menores de 35 años, que residan en municipios de menos de 5.000 habitantes, y hasta un máximo de compra de 100.000 €, frente a los 150.000 fijados inicialmente.

AYUDAS EN FUNCIÓN DE LOS INGRESOS

Las ayudas, tanto del alquiler como de la compra, se concederán en función de los ingresos del hogar y fijarán una cuantía máxima tanto de la ayuda, como del tiempo durante el que, en el caso de los alquileres, podrán beneficiarse de esas ayudas.

En el caso de las ayudas a menores de 35 años para comprar casa, los beneficiarios sólo podrán ser hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), lo que equivaldría a estar limitado a unos ingresos máximos de 22.558 euros, siendo el importe máximo de ayuda a la compra de hasta 10.800 € con el límite del 20% del precio de adquisición.

En el caso de las ayudas a los menores de 35 años para alquilar casa, igualmente los beneficiarios sólo podrán ser hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM, siendo el importe máximo de la ayuda de hasta el 50% del alquiler mensual, y por un periodo máximo de hasta 3 años.

Existen también en este nuevo Plan Estatal de la Vivienda ayudas generales al alquiler, sin límite de edad, que subvencionan el 40 % del alquiler mensual, una vez acreditados los ingresos del hogar (inferiores a tres veces el IPREM) y el resto de requisitos que exige la normativa (la vivienda arrendada será el domicilio habitual y permanente, no ser propietarios de otra vivienda, la renta de alquiler no podrá superar los 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados), y también por un plazo máximo de 3 años.

Finalmente cabe destacar las ayudas que se ofertan a sectores vulnerables tales como personas en situación de desahucio, viviendas en alquiler para personas mayores o con discapacidad, ayudas a la rehabilitación, con especial atención a la infravivienda y al chabolismo, o las ayudas a promotores privados que construyan promociones de vivienda en alquiler durante un mínimo de 25 años.

Desde Asesoría Cervantes Granada estamos a su disposición para resolver cuantas dudas le plantee su situación respecto al tipo de ayuda que le pueda interesar, con la garantía de ofrecerle información detallada de la que más se adapte a sus circunstancias personales, asi como prestarle asistencia en toda la tramitación administrativa que se derive de la correspondiente solicitud de ayuda.

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